La educación infantil en España está incluida en la etapa educativa no obligatoria. Incluye
las edades desde los cuarenta y cinco días a los seis años, dividiéndose en dos ciclos por edades
de 0-3 años y de 4-6 años. Se estable un número de niños por aula que en el primer ciclo no debe
superar a los veinte y en el segundo los veinticinco. La oferta de las plazas para la
educación infantil,
son tramitadas por la Administración Central, desde cada una de las diferentes administraciones
públicas. Los educadores deben contar con la titulación acreditativa para cada uno de los ciclos,
por lo que es imprescindible el título de Maestro especialista en Educación Infantil para el
ciclo de 0 a 3 años o el de Educador Especializado que sería el título de Técnico Superior de
Educación Infantil, para el segundo ciclo están acreditados los que cuenten con la titulación
de Maestro especialista en Educación Infantil para el ciclo de 4 a 6 años.
El segundo ciclo, el más cercano a la inserción del niño a la educación básica
obligatoria o educación primaria, tiene tres áreas de trabajo fundamentales:
- A partir de los tres años con la aparición de la autoconciencia los niños deben
ser dirigidos a un aprendizaje sobre sí mismos que les lleve la consecución de una mayor autonomía
personal.
- A mayor autonomía, mayor será también la relación con el entorno que rodea los
niños, por lo que favorecer el conocimiento sobre lo que les rodea es otra área fundamental a
desarrollar de los cuatro a los seis años. Los
párvulos
que a estas edades caminan y alcanzan objetos por los que sienten curiosidad, necesitan empezar a
construir conocimientos mediante la relación directa con éstos y dirigida por el educador.
- En estas edades hay un desarrollo acelerado del vocabulario de los niños, que
debe ser estimulado, siendo entonces la comunicación otra de las áreas prioritarias a trabajar en
este segundo ciclo. No solo se hace referencia al lenguaje oral, si no que incluye el extra verbal,
la expresión corporal y las representaciones, entre otros.
La enseñanza infantil está legislada mediante la Ley Orgánica de Educación es la
ley estatal que reglamenta la educación en España en cada uno de los ciclos de enseñanza, entró en
vigor el curso académico 2006/07 y tuvo algunas variaciones durante el año 2013, aprobando la LOMCE
(Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa) que se ha aplicado
a partir de este curso escolar 2014-2015.
Para la regulación de la enseñanza del segundo ciclo de la
educación infantil en España
está el Real Decreto 1630/06 de 29 de diciembre, que se implementa conjuntamente con los Decretos
de Educación Infantil de cada una de las Comunidades Autónomas. En la actualidad se está trabajando
en nuevas modificaciones de Real Decreto dirigidas al primer ciclo.
Es responsabilidad de las escuelas y las distintas administraciones educativas
cumplir y ampliar las
actividades
y contenidos definidos para cada uno de los dos ciclos de esta enseñanza.